Oferta pública y no discriminatoria para el uso de señales secundarias
¿Qué es la oferta pública no discriminatoria?
Desde la implementación de la Ley de Televisión Digital, el año 2014, las concesiones de televisión digital permiten un mejor aprovechamiento del espacio radioeléctrico. Esto significa, que con una concesión se tiene acceso a más de una señal, lo que a su vez permite la posibilidad de ampliar la oferta de señales a nuevos participantes.
Producto de lo anterior, este año, el Consejo Nacional de Televisión aprobó el “Procedimiento para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión televisiva digital con medios de terceros”. Con esto, los canales de televisión podrán compartir parte de su espectro radioeléctrico y su infraestructura técnica al disponibilizar sus señales secundarias, facilitando que otros actores puedan ser concesionarios y transmitir sus señales.
¿CÓMO SE HACE?
Para llevar a cabo este procedimiento, en primer lugar, los concesionarios con medios propios deberán publicar la oferta en su página web o en un diario de circulación nacional, dentro de un plazo máximo de 90 días corridos desde la publicación de la norma, con los criterios de evaluación para compartir sus recursos.
Dicha convocatoria debe ser pública y no discriminatoria, lo que será revisado por CNTV. Las personas jurídicas interesadas en obtener una concesión con medios de terceros deberán solicitarla al Consejo Nacional de Televisión.
Los requisitos serán diferentes según si el solicitante tiene o no la calidad de concesionario de radiodifusión televisiva al momento de realizar la solicitud.
RESOLUCIÓN N°58 APRUEBA PROCEDIMIENTO CONCESIONES CON MEDIOS DE TERCEROS