Se inició la sesión a las 13:04 horas, con la asistencia de la Presidenta, Catalina Parot, la Vicepresidenta, Mabel Iturrieta, las Consejeras María de los Ángeles Covarrubias, Esperanza Silva, Carolina Dell´Oro y Constanza Tobar, los Consejeros Marcelo Segura, Andrés Egaña, Genaro Arriagada y Gastón Gómez, y el Secretario General, Agustín Montt . Justificó su inasistencia el Consejero Roberto Guerrero.
1. APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIA DEL DÍA LUNES 28 DE SEPTIEMBRE Y EXTRAORDINARIA DEL DÍA JUEVES 01 DE OCTUBRE, AMBAS DE 2020.
Por la unanimidad de los Consejeros presentes, se aprueban las actas correspondientes a las sesiones ordinaria del lunes 28 de septiembre y extraordinaria del jueves 01 de octubre, ambas de 2020.
2. CUENTA DE LA PRESIDENTA.
Documentos entregados por el Departamento de Estudios a los Consejeros:
– Reporte diario sobre la Franja del Plebiscito 2020, entre los días 25 y 30 de septiembre de 2020.
– Ranking de los 35 programas de TV Abierta con mayor audiencia, de los 5 programas más vistos por canal y de los 10 programas más vistos en TV Abierta por menores de entre 4 y 17 años. Semana del 25 de septiembre al 01 de octubre de 2020.
3. AUTORIZA APLAZAR EL HORARIO (BLOQUE NOCHE) DE LA FRANJA TELEVISIVA DEL DÍA 08 DE OCTUBRE 2020.
4. CONTINUACIÓN DE ANÁLISIS DE LOS PRINCIPIOS FUNDANTES PARA ADOPTAR MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE PLURALISMO.
5. SE RECHAZA PROPUESTA PARA SUSCRIBIR ALIANZA CON EL INSTITUTO DE LA COMUNICACIÓN E IMAGEN DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE.
6. CONTINUACIÓN ANÁLISIS SOBRE CRITERIOS PARA DETERMINAR CUANTÍA DE LAS MULTAS EN PROCESOS DE FISCALIZACIÓN.
7. SOLICITUDES DE MIGRACIÓN DE CONCESIONES DE TECNOLOGÍA ANALÓGICA A DIGITAL. TITULAR: TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE.
7.1 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 10 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE EL SALVADOR.
7.2 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 22, LOCALIDAD DE GUANACAGUA.
7.3 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 34, LOCALIDAD DE HUASCO.
7.4 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 24, LOCALIDAD DE ILLAPEL.
7.5 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 10 AL CANAL 23, LOCALIDAD DE LA LIGUA.
7.6 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 34, LOCALIDAD DE LEBU.
7.7 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 36, LOCALIDAD DE LICANTÉN.
7.8 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 3 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE LLAY-LLAY.
7.9 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE LOS LAGOS.
7.10 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 34, LOCALIDAD DE LOS LOROS.
CONSIDERANDO:
1. Que, la concesionaria Televisión Nacional de Chile, es titular de una concesión de radiodifusión televisiva de libre recepción, analógica, Canal 13, banda VHF, en la localidad de Los Loros, Región de Atacama, otorgada por la Ley Nº17.377, de 1970.
2. Que, la concesión antes individualizada se encontraba vigente al momento de la dictación de la Ley N°20.750, de 2014.
3. Que, la concesionaria Televisión Nacional de Chile, manifestó su voluntad de digitalizar sus emisiones dentro del plazo de 60 días, contados desde la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo N°167, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para lo cual presentó la respectiva solicitud de nueva concesión en la banda UHF.
4. Que, la Resolución N°1.683 de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, de 19 julio de 2016, modificada por Resolución Exenta N°2.249, de 5 de noviembre de 2018, le reservó a la concesionaria Televisión Nacional de Chile, en la localidad de Los Loros, el Canal 34, banda UHF, para que migre a la tecnología digital.
7.11 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 34, LOCALIDAD DE MARÍA ELENA.
7.12 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 12 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE MONTE PATRIA.
7.13 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 34, LOCALIDAD DE PANGUIPULLI.
7.14 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 35, LOCALIDAD DE PAPUDO.
7.15 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 8 AL CANAL 35, LOCALIDAD DE PETORCA.
7.16 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 35, LOCALIDAD DE PISAGUA.
7.17 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 21, LOCALIDAD DE PUNITAQUI.
7.18 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 36, LOCALIDAD DE PUTRE.
7.19 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 22, LOCALIDAD DE QUEBRADA ALVARADO.
7.20 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 7 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE SALAMANCA.
7.21 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 10 AL CANAL 35, LOCALIDAD DE SAN FÉLIX.
7.22 ORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 13 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE TAL-TAL.
7.23 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 9 AL CANAL 33, LOCALIDAD DE TIGNAMAR.
7.24 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 8 AL CANAL 22, LOCALIDAD DE TIL-TIL.
7.25 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 10 AL CANAL 29, LOCALIDAD DE VICHUQUÉN.
7.26 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, DEL CANAL 12 AL CANAL 40, LOCALIDAD DE VICUÑA.
8. SOLICITUDES DE MIGRACIÓN DE CONCESIONES DE TECNOLOGÍA ANALÓGICA A DIGITAL. TITULAR: RED TELEVISIVA MEGAVISIÓN S.A.
8.1 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE CATRIPULLI.
8.2 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE EL ARRAYÁN.
8.3 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE EL CHAÑAR.
8.4 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE EL DURAZNO.
8.5 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE HUANTA.
8.6 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE HUARA.
8.7 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE ICALMA.
8.8 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE LA FRONTERA.
8.9 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE LOS RABONES.
8.10 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE MAITE.
8.11 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE MALALCO.
8.12 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE PACHICA.
8.13 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE PAPOSO.
8.14 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE PELADEROS.
8.15 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE PUERTO EDÉN.
8.16 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE PUESCO.
8.17 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE RAMADILLA.
8.18 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE REIGOLIL.
8.19 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE SAN AGUSTÍN.
8.20 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE TROYO.
8.21 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE VALLE HERMOSO.
8.22 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE VILLA PUNTA DELGADA.
La resolución que se dicte para ejecutar este acuerdo indicará todas las características técnicas del proyecto.
8.23 OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, BANDA UHF, LOCALIDAD DE VILLA TEHUELCHES.
9. FORMULACIÓN DE CARGO A VTR COMUNICACIONES SpA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE-CANAL 55”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES-15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:57:04 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8937).
10. FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE-CANAL 518”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES-15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:56:54 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8938).
11. FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE-CANAL 604”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES-15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:56:47 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8939).
12. FORMULACIÓN DE CARGO A CLARO COMUNICACIONES S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE-CANAL 111”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES-15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:56:49 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8940).
13. FORMULACIÓN DE CARGO A ENTEL TELEFONÍA LOCAL S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE – CANAL 119”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES – 15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:56:47 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8941).
14. FORMULACIÓN DE CARGO A TUVES S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE – CANAL 233”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES – 15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:57:04 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8942).
15. FORMULACIÓN DE CARGO A GTD MANQUEHUE S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL PRESUNTAMENTE VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE – CANAL 254”, DE LA PELÍCULA “15 MINUTES – 15 MINUTOS”, EL DÍA 06 DE MAYO DE 2020, A PARTIR DE LAS 10:57:17 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO EVENTUALMENTE INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-8943).
16. REPORTE DE DENUNCIAS SEMANAL.
17. VARIOS.
Se levantó la sesión a las 15:13 horas.