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Sesión Ordinaria
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Acta de la Sesión Ordinaria del CNTV del 11 de Abril de 2016

1. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CONSEJO CELEBRADA EL DÍA 04 DE ABRIL DE 2016.

2. CUENTA DEL SEÑOR PRESIDENTE.

El Presidente informó al Consejo:

a) Que el jueves 7 de abril de 2016, en la ciudad de Rancagua, lanzó la co-producción regional “Mire Gancho”. El evento, además de potenciar la participación regional en el concurso del Fondo CNTV, sirvió para presentar en regiones la línea para producciones de carácter comunitario.

Asistieron la Intendenta, Teresa Nuñez, la Directora Regional del CNCA, María Verónica Atton; el SEREMI de Gobierno, Mauricio Valderrama y el SEREMI de Telecomunicaciones, Francisco Lara, y el cineasta Miguel Littin. Además los ganadores del Fondo de Producción Comunitario 2015, pertenecientes a la región de O’Higgins:

– Paula Gálvez, de “Pichilemu TV: Crónicas del secano”,- Rodrigo Troncoso de “Vecinos”- Gonzalo Rebolledo de “Seis mujeres de Rancagua”.

b) El jueves 7 de abril de 2016 fue enviada a la Dipres la contrapropuesta, del CNTV y la Asociación de Funcionarios del CNTV, al proyecto de modernización del CNTV.

c) El viernes 8 de abril de 2016, fue realizado por el Consejo Nacional de Televisión, a través de su Programación Cultural y Educativa Novasur, el lanzamiento de la coproducción regional “La Pichanga”, con motivo del VI Aniversario del Centro Cultural Espacio Matta.

3. CAMPAÑA DE INTERÉS PÚBLICO “PREÁMBULO: MOTIVACIÓN A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA – PROCESO CONSTITUYENTE”.

A. CUENTA DEL SEÑOR PRESIDENTE.

B. DECISIÓN DEL CONSEJO.

C. EJECUCIÓN INMEDIATA

4. APLICA SANCIÓN A TELEFONICA EMPRESAS CHILE S. A. POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL HBO, DE LA PELÍCULA “SIETE PSICOPATAS”, EL DÍA 10 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-1852-TELEFONICA).5. APLICA SANCIÓN A TELEFONICA EMPRESAS CHILE S. A. POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL TCM, DE LA PELÍCULA “EL RESCATE”, EL DÍA 11 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-1860-TELEFONICA).

6. APLICA SANCIÓN A TELEFONICA EMPRESAS CHILE S. A. POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL HBO, DE LA PELÍCULA “300: RISE OF AN EMPIRE”, EL DÍA 13 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-1873-TELEFONICA).

7. APLICA SANCIÓN A UNIVERSIDAD DE CHILE, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISION CHILEVISIÓN S. A. DEL NOTICIARIO “CHILEVISION NOTICIAS CENTRAL”, (INFORME DE CASO A00-15-3009-CHV).

8. APLICA SANCIÓN A VTR COMUNICACIONES SpA, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 4º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN DE 1993, MEDIANTE LA EMISION, A TRAVÉS DE LA SEÑAL VERTICE-TV, DE PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHOLICAS, “EN HORARIO PARA TODO EXPECTADOR”, DEL “ESPUMANTE SHEKAR”, EL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DE 2015, (INFORME DE CASO P13-15-3128-VTR).

9. APLICA SANCION A VTR COMUNICACIONES SpA, POR INFRINGIR EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº18.838 MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE LA SEÑAL “VIA X”, DEL PROGRAMA “CAMPO MINADO”, EL DIA 19 DE NOVIEMBRE DE 2015 (INFORME DE CASO P13-15-3028-VTR).

10. APLICA SANCIÓN A VTR COMUNICACIONES SpA, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 4º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN DE 1993, MEDIANTE LA EMISION, A TRAVÉS DE LA SEÑAL VÉRTICE-TV, DE PUBLICIDAD DE LA BEBIDA ALCOHÓLICA “VINO ADOBE”, “EN HORARIO PARA TODO EXPECTADOR”, EL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DE 2015, (INFORME DE CASO P13-15-3129-VTR).

11. FORMULACIÓN DE CARGO A VTR COMUNICACIONES SpA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL STUDIO UNIVERSAL, DE LA PELÍCULA “PANICO Y LOCURA EN LAS VEGAS”, EL DÍA 21 DE ENERO DE 2016, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-67-VTR).

12. FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL STUDIO UNIVERSAL, DE LA PELÍCULA “PANICO Y LOCURA EN LAS VEGAS”, EL DÍA 21 DE ENERO DE 2016, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-68-DIRECTV).

13. FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL STUDIO UNIVERSAL, DE LA PELÍCULA “PANICO Y LOCURA EN LAS VEGAS”, EL DÍA 21 DE ENERO DE 2016, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-69-TELEFONICA).

14. FORMULACIÓN DE CARGO A VTR COMUNICACIONES SpA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE”, DE LA PELÍCULA “EL CORRUPTOR”, EL DIA 26 DE ENERO DE 2016, A PARTIR DE LAS 11:24 HRS., ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-130-VTR).

15. FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE”, DE LA PELÍCULA “EL CORRUPTOR”, EL DIA 26 DE ENERO DE 2016, A PARTIR DE LAS 11:24 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-131-DIRECTV).

16. FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE”, DE LA PELÍCULA “EL CORRUPTOR”, EL DIA 26 DE ENERO DE 2016, A PARTIR DE LAS 11:24 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-132-TELEFONICA).

17. FORMULACIÓN DE CARGO A CLARO COMUNICACIONES S. A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “SPACE”, DE LA PELÍCULA “EL CORRUPTOR”, EL DIA 26 DE ENERO DE 2016, A PARTIR DE LAS 11:24 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-16-133-CLARO).18. DECLARA QUE NO HA LUGAR A LA FORMACIÓN DE CAUSA EN CONTRA DE RED TELEVISIVA MEGAVISIÓN S. A. POR LA EXHIBICIÓN DEL NOTICIARIO “AHORA NOTICIAS EDICION TARDE”, EL DÍA 13 DE FEBRERO DE 2016 (INFORME DE CASO A00-16-277-MEGA).

19. SOBRESEE DEFINITIVAMENTE A LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS QUE A CONTINUACION SE INDICA, RESPECTO A LOS CARGOS FORMULADOS POR PRESUNTO INCUMPLIMIENTO A LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISION DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE EL PERIODO JUNIO 2015. (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL DEL MES DE JUNIO DE 2015).

20. VARIOS.

a) La Consejera María de los Ángeles Covarrubias solicitó que no se adelanten noticias pertinentes a contenidos tratados en las sesiones de Consejo, antes de la aprobación del acta respectiva.

b) El Consejo, previa información del Departamento Jurídico, acordó autorizar a la productora Barril Moreno y Compañía Limitada para transmitir el telefilme “Sin Alma”, por la señal de televisión abierta de la Corporación de Televisión de la Universidad Católica de Valparaíso, Canal 4 de Valparaíso, Canal 5 de Santiago, y una red de emisoras en todo el país.

c) La consejera María de los Ángeles Covarrubias, en referencia al informe sobre el estado de sanciones de multas aplicadas durante el año 2015, -presentado por el abogado Jorge Cruz al Consejo en la sesión del 4 de abril e incluido en el Acta respectiva-, señaló lo siguiente: “con preocupación advierte en el informe que hay varias multas cuyo plazo para pagarlas venció hace varios meses, incluso en el caso de cuatro ya pasó un año; y el CNTV no ha tomado ninguna medida al respecto. Si los canales llevan tiempo observando que si no pagan una multa o no acreditan su pago, no trae ninguna consecuencia; todo el trabajo del Consejo, -la deliberación de si formular o no cargos y luego sancionar o no-, pierde toda eficacia y sentido. Enfatizo que el Departamento Jurídico debe mantenerse al tanto del pago de las multas. A medida que vaya venciendo el plazo de cada canal condenado por sentencia ejecutoriada a pagar una multa, debe dar cuenta oportuna al Consejo para que éste haga cumplir la facultad que le otorga el Artículo 40 inciso 2 de la Ley 18.838 de decretar la suspensión, vía apremio, de las trasmisiones del canal incumplidor del pago”.