CUESTIÓN PREVIALUNES 21 DE OCTUBRE DE 2019
Como una cuestión previa, y con la presencia de la Presidenta del H. Consejo Nacional de Televisión, señora Catalina Parot, de los Consejeros Gastón Gómez, Carolina Dell’Oro, Andrés Egaña, María de los Ángeles Covarrubias y Esperanza Silva, y del Secretario General Agustín Montt, se somete a la consideración de los Consejeros presentes la solicitud de la Vicepresidenta, señora Mabel Iturrieta, de autorizarla a participar de las sesiones extraordinaria y ordinaria del día de hoy vía virtual, atendidas las especialísimas circunstancias de excepción constitucional que se viven en diversas regiones del país, y que configuraron una fuerza mayor que le impidió viajar a Santiago el día de ayer. Por la unanimidad de los Consejeros presentes, se acordó en forma excepcionalísima, y sólo en atención a las circunstancias señaladas, autorizar la participación vía virtual de la Vicepresidenta, señora Mabel Iturrieta, en las sesiones extraordinaria y ordinaria del día de hoy.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO NACIONAL DE TELEVISIÓNDEL DÍA LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2019
Se inició la sesión a las 13:23 horas, con la asistencia de la Presidenta, Catalina Parot, la Vicepresidenta, Mabel Iturrieta, las Consejeras María de los Ángeles Covarrubias, Esperanza Silva y Carolina Dell´Oro, los Consejeros Marcelo Segura, Andrés Egaña, Roberto Guerrero, Gastón Gómez y Genaro Arriagada, y el Secretario General, Agustín Montt.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE CONSEJO CELEBRADA EL DÍA 14 DE OCTUBRE DE 2019.
2.- PROYECTO “LOS CARCAMALES”. FONDO CNTV 2017.
3.- APLICA SANCIÓN A VTR COMUNICACIONES SPA POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “FXM”-CANAL 54, DE LA PELÍCULA “THE GENERAL’S DAUGHTER – LA HIJA DEL GENERAL”, EL DÍA 03 DE ABRIL DE 2019, A PARTIR DE LAS 20:01 HORAS, Y EL DÍA 16 DE ABRIL DE 2019, A PARTIR DE LAS 12:12 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORMES DE CASO C-7462 y C-7473).4.- APLICA SANCIÓN A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “FXM”(505), DE LA PELÍCULA “THE GENERAL’S DAUGHTER” / “LA HIJA DEL GENERAL”, EL DÍA 16 DE ABRIL DE 2019, A PARTIR DE LAS 12:32 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-7474).
5.- APLICA SANCIÓN A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A., POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN A TRAVÉS DE SU SEÑAL “FXM” (CANAL 606), DE LA PELÍCULA “THE GENERAL’S DAUGHTER” / “LA HIJA DEL GENERAL”, EL DÍA 16 DE ABRIL DE 2019, A PARTIR DE LAS 12:32 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-7475).
6.- APLICA SANCIÓN A CLARO COMUNICACIONES S.A., POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “FXM” (CANAL 104), DE LA PELÍCULA “THE GENERAL’S DAUGHTER” / “LA HIJA DEL GENERAL”, LOS DÍAS 03 Y 16 DE ABRIL DE 2019, A PARTIR DE LAS 20:01 Y 12:12 HORAS, RESPECTIVAMENTE, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORMES DE CASO C-7465 Y C-7476).
7.- APLICA SANCIÓN A TUVES S.A. POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, AL VULNERAR LO PRECEPTUADO EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “FXM” (CANAL 241), DE LA PELÍCULA “THE GENERAL’S DAUGHTER” / “LA HIJA DEL GENERAL”, EL DÍA 16 DE ABRIL DE 2019, A PARTIR DE LAS 12:32 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-7477).
8.- APLICA SANCIÓN A TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, CON MOTIVO DE LA EMISIÓN DEL PROGRAMA “MUY BUENOS DÍAS”, EL DÍA 23 DE ABRIL DE 2019 (INFORME DE CASO C-7516, CAS-24654-C6X5G4).
9.- APLICA SANCIÓN A RED TELEVISIVA MEGAVISIÓN, POR INFRINGIR LA NORMATIVA QUE REGULA LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DE UNA AUTOPROMOCIÓN DE LA TELENOVELA “JUEGOS DE PODER” EL DÍA 10 DE MAYO DE 2019 (INFORME DE CASO C-7571, DENUNCIA CAS-24926-ROG9H5).
10.- APLICA SANCIÓN A TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, POR INFRINGIR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, CON MOTIVO DE LA EMISIÓN DEL PROGRAMA “LA RUTA DE CHILE”, EL DÍA 17 DE MARZO DE 2019 (INFORME DE CASO C-7329, DENUNCIAS CAS-23834-R8D5F3; CAS-23775-C8S8Q1).
11.- DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA CONTRA TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “MÓNICA Y SUS AMIGOS”, EL DÍA 08 DE JUNIO DE 2019 (INFORME DE CASO C-7713, DENUNCIA CAS-25232-M8R9F5).
12.- DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA CONTRA TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “MÓNICA Y SUS AMIGOS”, EL DÍA 20 DE JULIO DE 2019 (INFORME DE CASO C-8049, DENUNCIA CAS-29199-P7L4G9).
13. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIAS CONTRA UNIVERSIDAD DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S.A., EL DÍA 28 DE JUNIO DE 2019, DEL PROGRAMA “VIVA LA PIPOL” (INFORME DE CASO C-7939, DENUNCIAS CAS-26233-R1K3R0, CAS-26240-L5M5R4).
14.- REPORTE DE DENUNCIAS SEMANAL.
15. OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, EN LA BANDA UHF, PARA MIGRACIÓN DE TECNOLOGÍA ANALÓGICA A DIGITAL, DE QUE ES TITULAR TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE.15.1. DEL CANAL 6 AL CANAL 21, PARA LA LOCALIDAD DE LA CALERA, REGIÓN DE VALPARAÍSO.15.2. DEL CANAL 10 AL CANAL 33, PARA LA LOCALIDAD DE TALCA, REGIÓN DEL MAULE.
16. OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, EN LA BANDA UHF, PARA MIGRACIÓN DE TECNOLOGÍA ANALÓGICA A DIGITAL, DEL CANAL 9 AL CANAL 27, PARA LA LOCALIDAD DE COPIAPÓ, DE QUE ES TITULAR RED TELEVISIVA MEGAVISIÓN S.A.
17. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 26, PARA LA LOCALIDAD DE PUCÓN, A ARCAYA Y ARCAYA PRODUCCIONES LIMITADA.
18. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 38, PARA LA LOCALIDAD DE ILLAPEL, A ÁVILA Y ÁVILA COMUNICACIONES LIMITADA.
19. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 42, PARA LAS LOCALIDADES DE PEÑAFLOR, TALAGANTE E ISLA DE MAIPO, A CENTRO PARA EL DESARROLLO COMUNAL.
20. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 22, PARA LA LOCALIDAD DE CASABLANCA, A INVERSIONES EN COMUNICACIONES, PUBLICIDAD Y TELEVISIÓN GIRO VISUAL LIMITADA.
21. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 38, PARA LAS LOCALIDADES DE VALPARAÍSO Y VIÑA DEL MAR, A INVERSIONES EN COMUNICACIONES, PUBLICIDAD Y TELEVISIÓN GIRO VISUAL LIMITADA.
22. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 25, PARA LA LOCALIDAD DE TEMUCO, A SOCIEDAD DE TELEVISIÓN Y RADIODIFUSIÓN S.A.
23. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 26, PARA LA LOCALIDAD DE NOGALES, A SOCIEDAD PUBLIEVENTOS LIMITADA.
24. MODIFICACIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CANAL 25, PARA LA LOCALIDAD DE PUNTA ARENAS, A TELEVISIÓN DE LA PATAGONIA ITV LIMITADA.
25.- VARIOS.
Se levantó la sesión a las 14:22 horas.