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Sesión Ordinaria
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Acta de la sesión ordinaria del CNTV del lunes 12 de noviembre de 2018

Se inició la sesión a las 13:00 horas, con la asistencia de la Presidenta Catalina Parot, la Vicepresidenta Mabel Iturrieta, las Consejeras Esperanza Silva, Marigen Hornkohl y María de Los Ángeles Covarrubias; y de los Consejeros Roberto Guerrero, Gastón Gómez, Genaro Arriagada y Andrés Egaña y del Secretario General (s) Jorge Cruz. Justificó su inasistencia la Consejera María Elena Hermosilla.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CONSEJO CELEBRADA EL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DE 2018.

Por la unanimidad de los Consejeros y Consejeras presentes, se aprobó el acta correspondiente a la Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día 05 de noviembre de 2018.

2.- CUENTA DE LA PRESIDENTA.

La Presidenta informó al H. Consejo lo siguiente:

2.1. Miércoles 7 de noviembre:Coloquio sobre sistemas de alerta temprana para enfrentar desastres naturales. Con la asistencia de representantes de ONEMI, académicos y expertos del sector, se realizó este evento organizado por CNTV, Embajada de Japón y la Subsecretaría de Telecomunicaciones. En total participaron 49 personas.Reunión del Consejo Asesor Licitación Televisión Cultural y/o Educativa. Participaron la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Sra. Consuelo Valdés, y los ex presidentes del CNTV, Sr. Jorge Navarrete y Sr. Herman Chadwick.

La Consejera Hornkohl, expresa que en Chile existen en promedio dos celulares por habitante, por lo que, los sistemas de alerta para desastres naturales también deben utilizar esta plataforma.

La Consejera Iturrieta, señala que, como medida de seguridad, en Chile se produce el corte de suministro eléctrico cuando los terremotos llegan a los 7° con la consecuente pérdida de la señal de televisión y estima que por eso en el sistema de alerta de catástrofes debe incluirse a la radiofonía.

La Consejera Silva, expresa que en Japón éste problema se subsanó mediante la incorporación de baterías dentro de los televisores con autonomía para varias horas.

2.2. Jueves 8 de noviembre: La Presidenta del CNTV asistió al lanzamiento de la campaña “Tolerancia Cero a la Violencia contra la Mujer”, en el marco de las actividades realizadas por el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género durante noviembre. Encabezó el evento el Presidente de la República, don Sebastián Piñera.

La Consejera Silva señala que es necesario modificar el tratamiento de la imagen de las mujeres en la televisión, en particular se debe abordar el paradigma de la mujer en la televisión latinoamericana.

2.3. Nuevo premio a producción CNTV Infantil:La película “Los Fantásticos Viajes de Ruka” ganó la sección “Contenidos TV” del Festival Internacional de Cine Infantil y Juvenil Zinetxiki Zinemaldia, que se realiza entre el 27 de octubre y el 11 de noviembre en Bilbao, España.

3.- APLICA SANCIÓN A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 3°, DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “BORN A REBEL-NACIDO PARA SER REBELDE”, EL DIA 3 DE ABRIL DE 2018, A PARTIR DE LAS 01:56 HORAS, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PORNOGRÁFICO. (INFORME DE CASO C-6025).

4.- APLICA SANCIÓN A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A., POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 3°, DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “BORN A REBEL-NACIDO PARA SER REBELDE”, EL DIA 3 DE ABRIL DE 2018, A PARTIR DE LAS 01:56 HORAS, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PORNOGRÁFICO. (INFORME DE CASO C-6026).

5.- APLICA SANCIÓN A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “PROMESAS DEL ESTE”(EASTERN PROMISES), EL DIA 8 DE MAYO DE 2018, A PARTIR DE LAS 14:01 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6247).

6.- APLICA SANCIÓN A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 5° DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “PROMESAS DEL ESTE” (EASTERN PROMISES), EL DIA 8 DE MAYO DE 2018, A PARTIR DE LAS 14:01 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6248).

7.- FORMULACIÓN DE CARGO A CANAL 13 S.p.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN A LA NORMATIVA QUE REGULA LAS EMISIONES DE LOS SERVICIOS DE TELEVISIÓN, CON MOTIVO DE LA EXHIBICION DE UNA RUTINA HUMORISTICA DURANTE LA EMISION DEL PROGRAMA “VERTIGO”, EL DÍA 17 DE MAYO DE 2018 (INFORME DE CASO C-6198, DENUNCIAS CAS-18574-G0Z5M4 Y CAS-18674-Q0S2F5).

8.- NO INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE UNIVERSIDAD DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S.A., DEL PROGRAMA “LA DIVINA COMIDA”, EL DIA 23 DE JUNIO DE 2018 (INFORME DE CASO C-6342).

10.- NO INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO CONTRA TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN DE UN SEGMENTO DEL PROGRAMA “ROJO: EL COLOR DEL TALENTO”, EL DIA 3 DE JULIO DE 2018 (INFORME DE CASO C-6366).

11.- FORMULA CARGO A CANAL 13 S.p.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DEL NOTICIARIO “TELETRECE”, EL DÍA 21 DE OCTUBRE DE 2018 (INFORME DE CASO C-6838, DENUNCIAS: CAS-20508-Y9M8T3; CAS-20781-T3G6R6CAS-20509-R3G6F2; CAS-20510-N0L8B5; CAS-20512-G0J6H6; CAS-20513-N8V6L6; CAS-20514-R2H5X2; CAS-20515-R7X6Y7; CAS-20516-Q3G6G9; CAS-20517-T8L8V2; CAS-20518-M2Y7Y8; CAS-20519-T3Q3V6; CAS-20520-S6J2F3; CAS-20521-Q4N4S4; CAS-20523-X5W7L5; CAS-20525-Z5H6W3; CAS-20527-Q5Z8N6; CAS-20529-H5D3P8; CAS-20530-H6N5P1; CAS-20531-P7W7P0; CAS-20532-C0M9R8; CAS-20533-C5V4N7; CAS-20534-R3L3T4; CAS-20535-V2F1T7; CAS-20536-V3Z9M0; CAS-20537-B3X5M0; CAS-20538-X7F5F5; CAS-20539-K7V0C1; CAS-20540-L0G0P6; CAS-20541-J9V3K9; CAS-20542-K4T4V5; CAS-20543-J7J4X1; CAS-20545-R3B9Z7; CAS-20547-R1Y3W7; CAS-20548-T5Y4J7; CAS-20549-H3S7T9; CAS-20550-Z0D2X2; CAS-20551-B0B9W4; CAS-20552-R1N0J5; CAS-20553-J8D4S9; CAS-20554-B2D0P2; CAS-20556-W5R1R3; CAS-20558-L2C0Q6; CAS-20560-V5T9Z7; CAS-20561-J4T3R4; CAS-20564-R5W6C6; CAS-20565-H4Y7R4; CAS-20568-R8Y9G7; CAS-20569-X9H9X1; CAS-20570-S9T1C4; CAS-20571-V5L9Z5; CAS-20576-C3L3T9; CAS-20577-J7D7Y2; CAS-20578-D9T7C4; CAS-20579-R3X5W7; CAS-20580-M4Y9V5; CAS-20583-V7T7R8; CAS-20584-N9R9S6; CAS-20585-Z9T8X4; CAS-20586-D3X5F2; CAS-20588-L0C5L7; ,CAS-20589-F9S9F3; CAS-20590-X6G9R3; CAS-20591-Y6G4Z5; CAS-20593-F8G5Y8; CAS-20595-J8F4Z3; CAS-20598-Q6V8X7; CAS-20599-L7B4S0; CAS-20600-C7V3M3; CAS-20601-Q8W7Y4; CAS-20602-F4V0W6; CAS-20607-D4V5C0; CAS-20610-Z4K1L8; CAS-20611-P2W3N9; CAS-20612-F8Y0D7; CAS-20627-Z4S3Z7; CAS-20633-D3C2N8; CAS-20634-W9P3D8; CAS-20637-T4X3R1; CAS-20638-B7K7C5; CAS-20639-P4H1F8; CAS-20640-J2W5S8; CAS-20642-W2P5K3; CAS-20647-P3Q9F2; CAS-20650-D4X8V2; CAS-20652-N2C3G5; CAS-20654-L7M3N8; CAS-20657-D6G9Q6; CAS-20659-H6L0T4; CAS-20661-S4Z9R8; CAS-20662-X9M5W9; CAS-20663-P8T8M2; CAS-20665-B1Q0L9; CAS-20668-W8K1W3; CAS-20669-Z0Y5Y5; CAS-20670-J6Y4T3; CAS-20671-N9S9M5; CAS-20673-D8F8H9; CAS-20678-P5N8F3; CAS-20679-H8L3C2; CAS-20681-F7Y2X3; CAS-20683-M9B5P7; CAS-20685-Z7L9C5; CAS-20686-N5R0Z7; CAS-20688-D0Y3N3; CAS-20689-S7Y3X4; CAS-20690-T5F7Y8; CAS-20692-Z8Y2Z7; CAS-20693-M6D9K0; CAS-20696-W4D5C4; CAS-20697-C1J1C4; CAS-20698-L1X2R2; CAS-20699-W5P2K2; CAS-20700-B5T1C4; CAS-20704-Q9F3L1; CAS-20705-D1V7W4; CAS-20706-X6Q1K6; CAS-20707-P8H9R4; CAS-20708-V0S5X0; CAS-20716-Q9H3P7; CAS-20721-J0T5S0;CAS-20739-Q6Y6Q8; CAS-20743-G4D8K3; CAS-20746-N7L3W9; CAS-20747-L6Y2Y0; Y CAS-20710-B2J6B7) .

12.- NO INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE COMPAÑÍA CHILENA DE TELEVISIÓN S.A. (LA RED), POR LA EXHIBICIÓN DE UN SEGMENTO DE SU PROGRAMA “HOLA CHILE”, EL DIA 9 DE OCTUBRE DE 2018 (INFORME DE CASO C-6819).

13.- NO INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE UNIVERSIDAD DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S.A., DEL PROGRAMA “LA MAÑANA”, EL DIA 10 DE AGOSTO DE 2018 (INFORME DE CASO C-6559).

14.- FORMULACIÓN DE CARGO A VTR COMUNICACIONES S.p.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “TCM”, DE LA PELÍCULA “EL PERFECTO ASESINO”, EL DIA 06 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 15:53 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6430).

15.- FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “TCM”, DE LA PELÍCULA “EL PERFECTO ASESINO”, EL DIA 06 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 15:53 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6431).

16.- FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFONICA EMPRESAS CHILE S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “TCM”, DE LA PELÍCULA “EL PERFECTO ASESINO”, EL DIA 06 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 15:53 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6432).

17.- FORMULACIÓN DE CARGO A CLARO COMUNICACIONES S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “TCM”, DE LA PELÍCULA “EL PERFECTO ASESINO”, EL DIA 06 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 15:53 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6433).

18.- FORMULACIÓN DE CARGO A ENTEL TELEFONÍA LOCAL S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “TCM”, DE LA PELÍCULA “EL PERFECTO ASESINO”, EL DIA 06 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 15:53 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6434).

19.- FORMULA CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, POR LA VÍA DE LA VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 5° DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “GOLDEN HD”, DE LA PELÍCULA “THE RAID 2-LA REDADA 2”, EL DIA 6 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 19:10 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-6435).

20.- FORMULA CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, POR LA VÍA DE LA VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 5° DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “GOLDEN HD”, DE LA PELÍCULA “THE RAID 2-LA REDADA 2”, EL DIA 6 DE JUNIO DE 2018, A PARTIR DE LAS 19:10 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-6436).

21.- CONCURSOS PÚBLICOS PARA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN, DIGITAL, BANDA UHF, CON MEDIOS PROPIOS, N°35, N°39, N°40, N°42, N°43 y N°46, PARA LA REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS.

21.1.- ADJUDICACIÓN DE CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, BANDA UHF, CONCURSO N°35, CANAL 41, CATEGORIA LOCAL, PARA LA LOCALIDAD DE ANTOFAGASTA, REGION DE ANTOFAGASTA.

21.2.- ADJUDICACIÓN DE CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, CONCURSO N°39, CANAL 49, CATEGORIA REGIONAL, PARA LAS LOCALIDADES DE LA SERENA Y COQUIMBO.

21.3.- ADJUDICACIÓN DE CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, CONCURSO N°40, CANAL 51, CATEGORIA REGIONAL, PARA LAS LOCALIDADES DE LA SERENA Y COQUIMBO.

21.4.- DECLARA DESIERTOS CONCURSOS PUBLICOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, BANDA UHF, CON MEDIOS PROPIOS DE CARÁCTER REGIONAL, CONCURSO N°42, CANAL 48, EN LA LOCALIDAD DE OVALLE, REGION DE COQUIMBO.

21.5.- DECLARA DESIERTO CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, BANDA UHF, CON MEDIOS PROPIOS DE CARÁCTER REGIONAL, CONCURSO N°43, CANAL 45, EN LA LOCALIDAD DE LOS VILOS, REGION DE COQUIMBO.

21.6.- DECLARA DESIERTO CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN DIGITAL, BANDA UHF, CON MEDIOS PROPIOS DE CARÁCTER LOCAL, CONCURSO N°46, CANAL 50, EN LA LOCALIDAD DE OVALLE, REGIÓN DE COQUIMBO.

22.- PRIORIZACIÓN DE DENUNCIAS.

23.- VARIOS

Se levantó la sesión a las 15:30 horas.