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Sesión Ordinaria
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Acta de la sesión ordinaria del CNTV del lunes 06 de agosto de 2018

Se inició la sesión a las 13:00 horas, con la asistencia de la Presidenta Catalina Parot, el Vicepresidente Andrés Egaña, las Consejeras María Esperanza Silva, María Elena Hermosilla, Marigen Hornkohl y María de Los Ángeles Covarrubias y de los Consejeros Genaro Arriagada y Gastón Gómez y del Secretario General (s) Jorge Cruz. Justificaron su inasistencia los Consejeros Mabel Iturrieta y Roberto Guerrero.

1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LA SESIONES DE CONSEJO CELEBRADAS LOS DIAS 30 Y 31 DE JULIO 2018.

Por la unanimidad de los señores Consejeros, se aprobaron las Actas de las Sesiones Ordinarias de Consejo celebradas los días 30 y 31 de julio de 2018.

2.- CUENTA DE LA SEÑORA PRESIDENTA.

La Presidenta informó a los señores Consejeros lo siguiente:

2.1.- El martes 31 de julio, presidió la primera reunión con el equipo del Departamento de Fiscalización y Supervisión.

2.2.- El miércoles 25 de julio, se realizó una reunión SUBTEL/CNTV por temas de Concesiones, TV Digital y Migraciones.

2.3.- El día 26 de julio, se llevó a cabo la primera reunión con el equipo de Televisión Cultural y Educativa.

2.4.- Se reunió con la Diputada María José Hoffmann acompañada de don Rodrigo Oliver, Director Ejecutivo de Quinta Visión y Presidente de la Asociación Gremial de Canales Locales de TV AGETV, para tratar el tema “Proyecto de Ley Fono Denuncia en casos de Violencia de Género”.

2.5.- Se reunió con el Senador Juan Castro, para analizar la TV en la Región del Maule y la situación actual de los canales regionales.

2.6.- Durante la semana, el Comité creado para revisar el Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Consejo Nacional de Televisión, se reunió en dos ocasiones. El citado Comité está conformado por la Presidenta del H. Consejo, Catalina Parot, y por las Consejeras y Consejero Mabel Iturrieta, María de los Ángeles Covarrubias y don Gastón Gómez. La Directora de la Unidad de Auditoría María Pía Guzmán, actuó como secretaria de actas.

2.7. El CNTV solicitará un Informe Jurídico al abogado especialista en derecho público, Francisco Zúñiga Urbina, con el objetivo de contar con mayores antecedentes para evaluar si el H. Congreso Nacional puede ser titular de Concesiones de Radiodifusión Televisiva de Libre Recepción.

2.8. La Presidenta, en virtud de lo acordado por el H. Consejo en sesión de 31 de julio de 2018, informa a los Consejeros que los Comités Asesores para el otorgamiento de las dos redes nacionales Culturales o Educativas, estarán compuestos por ex Presidentes del CNTV, un Premio Nacional de Arte, un economista y un representante del Ministerio de las Culturas y las Artes.

El objetivo general, es contar con su aporte y visión sobre el carácter cultural y educativo de estas redes y la viabilidad del modelo de negocio de la misma.

2.9.- Ranking de los 35 Programas de TV Abierta con mayor audiencia, período comprendido entre el 19 y 25 de julio de 2018.

3.- CONCESIONES NACIONALES CULTURALES O EDUCATIVAS

4.- DECLARA INADMISIBLE SOLICITUD DE RECUSACIÓN Y SUSPENSIÓN DE TRANSMISIÓN, EN RELACIÓN CON LA EMISIÓN DE LA SERIE “LA CACERÍA: LAS NIÑAS DE ALTO HOSPICIO”, FONDO CNTV 2016, SERIE FICCIÓN, EMITIDA POR MEGAVISION.

5.- NO INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO CONTRA CANAL 13 S.P.A., CON MOTIVO DE LA EXHIBICIÓN DE UN SEGMENTO DE SU PROGRAMA “BIENVENIDOS”, EL DIA 23 DE JULIO DE 2018 (INFORME DE CASO C-6492).

6.- NO INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE Y RED TELEVISIVA MEGAVISIÓN S.A., POR LA EXHIBICIÓN DE UN SEGMENTO DE PUBLICIDAD EXHIBIDO ENTRE LOS DÍAS 14 Y 29 DE JUNIO DE 2018 (INFORME DE CASO C-6228).

7.- DECLARA SIN LUGAR DENUNCIAS; CAS-18955-P4M0T3; CAS-18934-H0S4W1; CAS-18939-F8B9Z0; CAS-18973-M5K4R2; CAS-18913-B0M1P9; CAS-19035-V9V3Q0; CAS-18927-X6C1J4; CAS-18958-V2L0S9; CAS-18976-Q3T4V0; CAS-18904-Z5Z1W7; CAS-18916-M3J2T9; CAS-18893-J3F5V5; CAS-18987-M6M9M1; CAS-18906-D8T5V4; CAS-18888-L5F0X5; CAS-18989-J1G8K9; CAS-18990-L2K3J8; CAS-18942-Y9T8P3; CAS-19075-Q5T5Q5; CAS-18901-V4G8J7; CAS-18896-W2G2H6; CAS-19020-Y7X1R4; CAS-18908-K5H5S1; CAS-18910-N5H0B0; CAS-18899-L9S7N3; CAS-18957-V7Q4J0; CAS-18979-L7T7G4; CAS-18929-Z4M4T4; CAS-18885-S5P5Q4; CAS-18999-T0T0X0; CAS-18952-G4J0H3; CAS-18964-G8K2K4; CAS-18905-K8X6L1; CAS-19077-B5V7X6; CAS-18981-S3M7C7; CAS-18940-M8G6J3; CAS-18933-V2Y1J8; CAS-18903-L3S7M3; CAS-19073-W5S9Q2; CAS-18911-K7P9L2; CAS-19049-W4B3F8; CAS-18917-K4Q4J0; CAS-19041-V3K5S4; CAS-18931-H0V2C4; CAS-18890-C7D5P1; CAS-19531-B2L3K5; CAS-18943-L7Y6F6; CAS-18978-V8F2J7; CAS-19071-Y7M8Y0; CAS-18922-G6S7H5; CAS-18897-J2R6F2; CAS-19000-C0C7Q7, E INGRESO CNTV 1570-2018 EN CONTRA DE TELEVISION NACIONAL DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “MUY BUENOS DIAS”, EL DIA 22 DE JUNIO DE 2018.(INFORME DE CASO C-6329).

8. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIAS CAS‐18832‐R1G0Z3; CAS‐18833‐B6Q9D7; CAS‐18838‐K0Z1D4; CAS‐18839‐K4C0H4; CAS‐18840‐G9P1P0; CAS‐18841‐T4W9Y2; CAS‐18842‐M6F5M4; CAS‐18843‐M0W5P6; CAS‐18830‐S6G3G8; CAS‐18844‐N3G4V1; CAS‐18845‐J4T6T5; CAS‐18846‐Z2D9M4; CAS‐18850‐H7K1L2; CAS‐18851‐N9Z6M3; CAS‐18852‐Z0F2W6; CAS‐18853‐Q7R4P6; CAS‐18854‐R4M5V4; CAS‐18855‐Q5C9S6; CAS‐18857‐N1B8F7; CAS‐18860‐M0B3M5; CAS‐18861‐S2N0F2; CAS‐18862‐Y9W2H4; CAS‐18863‐N0M1R6; CAS‐18864‐N8H1T5; CAS‐18865‐S0J3Y3; CAS‐18867‐Q7F3W4; CAS‐18870‐V6W5J6; CAS‐18872‐S3Y4Z9; CAS‐18873‐X2V3X7; CAS‐18875‐L6L8Z6; CAS‐18877‐Z4R8S3; CAS‐18878‐S9T9B7; CAS‐18880‐D9B8Y6; CAS‐18882‐T8K8F5; CAS‐18883‐K9G4C7; CAS‐18884‐P9R7P8; CAS‐18886‐W5H9V3; CAS‐18887‐Y3V8M1; CAS‐18892‐W7V9J6; CAS‐18895‐X5S4W8; CAS‐18902‐L1C0Y9; CAS‐18909‐X1H5J8; CAS‐18914‐C2V9J3; CAS‐18919‐K1L4C3; CAS‐18920‐T0B9P0; CAS‐18921‐D9H5F1; CAS‐18924‐Q0N5T9; CAS‐18925‐F4J6X1; CAS‐18928‐X4S4T8; CAS‐18930‐J1D7S2; CAS‐18932‐Z1L4K2; CAS‐18938‐M4V6B5; CAS‐18945‐G2S6T1; CAS‐18946‐C1N6D6; CAS‐18950‐B5K9W9; CAS‐18951‐B3S8D3; CAS‐18953‐P4W2M8; CAS‐18956‐X1D3H8; CAS‐18959‐G9R7C4; CAS‐18960‐S2J8H4; CAS‐18961‐Q9T5H9; CAS‐18962‐D6K6N6; CAS‐18963‐P2Z9D9; CAS‐18971‐Z1D1V8; CAS‐18974‐X2H5R6; CAS‐18975‐C5B5D1; CAS‐18977‐P0V0K5; CAS‐18984‐J3F1V8; CAS‐18988‐Y6W8S8; CAS‐19004‐V3T7T6; CAS‐19008‐B5H9B3; CAS‐19012‐M6P7T6; CAS‐19021‐T6P8R7; CAS‐19027‐D6R8M3; CAS‐19028‐M2R1B6; CAS‐19031‐B5J4T3; CAS‐19038‐H8P3X2; CAS‐19040‐C6Z7C6; CAS‐19042‐L4P8B2; CAS‐19045‐K1B1Q7; CAS‐19051‐Y3J9L9; CAS‐19052‐D3Q5W9; CAS‐19112‐H1W5K1; CAS‐19054‐B7Y2Q0; CAS‐19059‐C0H3R9; CAS‐19070‐K0D7C0; E INGRESO CNTV 1571/2018, EN CONTRA DE CANAL 13 SpA POR LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “BIENVENIDOS”, EL DIA 21 DE JUNIO DE 2018. (INFORME DE CASO C-6328)

9.- DECLARA SIN LUGAR DENUNCIAS; CAS-19255-D8H1Z2; CAS-19174-N9M3D6; CAS-19172-Q8W7M0; CAS-19229-K0N7H5; CAS-19258-R8R0W5; CAS-19066-P9P6Q9; CAS-19293-Q3B5Y8; CAS-19173-T6K4C0; CAS-19319-N0Q7K1; CAS-19127-F4Z4K3; CAS-19314-X7T8C5; CAS-19237-M5H4N4; CAS-19318-S8X0Y5; CAS-19231-X9M3P3; CAS-19257-G1C4P9; CAS-19329-G8V5P9; CAS-19233-K9B5D7; CAS-19235-P0S5J5; CAS-19328-L3D3N7 Y CAS-19284-L6K4Z9., EN CONTRA DE CANAL 13 SpA POR LA EXHIBICIÓN DEL NOTICIARIO “TELETRECE CENTRAL”, EL DIA 24 DE JUNIO DE 2018. (INFORME DE CASO C-6349).

10.- FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “PETALS” (PETALOS), EL DIA 02 DE ABRIL DE 2018, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PRESUNTAMENTE PORNOGRAFICO (INFORME DE CASO C-6019).

11.- FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “PETALS” (PETALOS), EL DIA 02 DE ABRIL DE 2018, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PRESUNTAMENTE PORNOGRAFICO (INFORME DE CASO C-6020).

12.- FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “BITCH SLAP”, EL DIA 4 DE ABRIL DE 2018, A PARTIR DE LAS 19:57 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU EVENTUAL CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-6036).13.- FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “BITCH SLAP”, EL DIA 4 DE ABRIL DE 2018, A PARTIR DE LAS 19:57 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU EVENTUAL CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD (INFORME DE CASO C-6037).

14.- FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA, POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “OLD BOY”, EL DIA 6 DE ABRIL DE 2018, A PARTIR DE LAS 17:41 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6072).

15.- FORMULACIÓN DE CARGO TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “OLD BOY”, EL DIA 6 DE ABRIL DE 2018, A PARTIR DE LAS 17:41 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-6073).

16.- FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADAPOR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “SEXUAL QUEST” (MISIÓN SEXUAL), EL DIA 07 DE ABRIL DE 2018, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PRESUNTAMENTE PORNOGRAFICO (INFORME DE CASO C-6076).

17.- FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “SEXUAL QUEST” (MISIÓN SEXUAL), EL DIA 07 DE ABRIL DE 2018, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PRESUNTAMENTE PORNOGRAFICO (INFORME DE CASO C-6077).

18.- FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “AGELESS” (SIEMPRE JOVEN), EL DIA 08 DE ABRIL DE 2018, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PRESUNTAMENTE PORNOGRAFICO (INFORME DE CASO C-6082).

19. FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “AGELESS” (SIEMPRE JOVEN), EL DIA 08 DE ABRIL DE 2018, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO PRESUNTAMENTE PORNOGRAFICO (INFORME DE CASO C-6083).

20.- ADJUDICACIÓN DE CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL:20.1.- ADJUDICACIÓN DE CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, CATEGORIA NACIONAL, CONCURSO N°17, CANAL 50, PARA LA LOCALIDAD DE IQUIQUE, REGION DE TARAPACA.

20.2.- CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, BANDA UHF, CON MEDIOS PROPIOS DE CARÁCTER LOCAL, CONCURSO N°28, CANAL 22, EN LA LOCALIDAD DE CURICO, REGION DEL MAULE.

20.3.- CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESION DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DIGITAL, BANDA UHF, CON MEDIOS PROPIOS DE CARÁCTER LOCAL, CONCURSO N°29, CANAL 45, EN LA LOCALIDAD DE CONSTITUCION, REGION DEL MAULE.

21.- VARIOS.

Se levantó la sesión siendo las 15:30 horas.