Se inició la sesión 13:00 horas, con la asistencia del Presidente (s) Andrés Egaña, las Consejeras María Esperanza Silva, María de Los Ángeles Covarrubias, Marigen Hornkohl, Mabel Iturrieta y María Elena Hermosilla y los Consejeros Gastón Gómez, Roberto Guerrero, Genaro Arriagada y del Secretario General (s) Jorge Cruz.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CONSEJO CELEBRADA EL DÍA 14 DE MAYO DE 2018.
Por la unanimidad de los señores Consejeros, se aprobó el Acta de la Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día lunes 14 de mayo de 2018.
2.- CUENTA DEL SEÑOR PRESIDENTE.
El Presidente (s) informa a los señores Consejeros lo siguiente:
2.1.- Se entrega a los señores Consejeros, minuta elaborada por el Departamento Jurídico y de Concesiones sobre la subrogancia del Vicepresidente y las inhabilidades de los Consejeros del CNTV;
2.2.- Se entrega a los señores Consejeros, informe del Departamento de Fiscalización y Supervisión, solicitado por la Consejera Mabel Iturrieta, sobre el cumplimiento del Contrato de Emisión en la serie “Martín, el Hombre y la Leyenda”;
2.3.- Se entrega a los señores Consejeros, calendario del Departamento de Fomento Audiovisual de las reuniones de los evaluadores en la etapa Técnico Financiero, y de los evaluadores de Calidad y Contenidos Artísticos, del Concurso Fondo CNTV 2018;
2.4.- Se entrega a los señores Consejeros, minuta elaborada por el Departamento Jurídico y Concesiones referida a la solicitud de CHV ingresada por oficina de partes CNTV N°1098 de fecha 10 de mayo de 2018, sobre la solicitud de concesión digital, Concurso N°2 Nacional, Papudo y Zapallar;
2.5.- Se entrega a los señores Consejeros, dos Dípticos informativos elaborados por el Departamento de Fiscalización y Supervisión, conjuntamente con el Departamento de Relaciones Institucionales, para la difusión de los procesos de Denuncias Ciudadanas y de cumplimiento de la Programación Cultural. Este material será una de las herramientas que los Directores Regionales utilizarán en su gestión territorial, que tiene como objetivo dar a conocer a las audiencias y a los canales regionales, locales y comunitarios, la labor del CNTV en estas materias;
2.6.- El lunes 28 de mayo, el Presidente Subrogante del CNTV, concurrió al Palacio de la Moneda para asistir a la invitación realizada por el Presidente de la República y la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, a la convocatoria a Organismos del Estado y de la Sociedad Civil para un “Compromiso con las Mujeres, y la firma del Proyecto de Reforma Constitucional que establece la plena igualdad de derechos y deberes entre hombres y mujeres”;
2.7.- El lunes 28 de mayo, el Presidente Subrogante del CNTV, asistirá a la invitación realizada por Marcelo Díaz, Presidente de la Comisión de Cultura y de las Artes de la Cámara de Diputados, para que se refiera a la formación de nuevas audiencias como también a lacrisis que vive la TV chilena.
2.8.- El lunes 28 de mayo, se recibió por correo electrónico, una carta de la Asociación de Funcionarios del CNTV, dirigida al Presidente (s), Andrés Egaña, referida a los Oficios CGR N°4968, de 14 de mayo de 2018, Ingreso CNTV N°1125 de 15 de mayo de 2018 y N°4987, de 15 de mayo de 2018, Ingreso CNTV N°1130, de 16 de mayo de 2018;
2.9.- Se entrega a los señores Consejeros, Ranking de los 35 Programas de TV Abierta con mayor audiencia, período comprendido: entre el 17 al 23 de mayo.
2.10.- Sesiones de junio: lunes 04, 11, 18 y 25 a las 13:00 horas.
3.- INGRESO CNTV N°1098 DE 10 DE MAYO DE 2018, DE CHILEVISIÓN S.A. QUE SOLICITA RESOLVER SU SOLICITUD DE CONCESIÓN DIGITAL BANDA UHF, PARA LAS LOCALIDADES DE PAPUDO Y ZAPALLAR, REGIÓN DE VALPARAÍSO.
4.- ABSUELVE A UNIVERSIDAD DE CHILE, DEL CARGO CONTRA ELLA FORMULADO POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISION S.A., DEL PROGRAMA “LA MAÑANA”, EFECTUADA EL DIA 15 DE DICIEMBRE DE 2017. (INFORME DE CASO C-5367, DENUNCIA CAS-15642-V5L1R1).
5.- APLICA SANCIÓN A DIRECTV CHILE TELEVISION LIMITADA, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY 18.838, POR LA VIA DE LA VULNERACIÓN DE LA REGLA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “STUDIO UNIVERSAL”, DE LA PELÍCULA “RAMBO FIRST BLOOD”, EL DIA 27 DE DICIEMBRE DE 2017, A PARTIR DE LAS 18:02 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-5440).
6.- APLICA SANCIÓN A TELEFONICA EMPRESAS CHILE S.A., POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY 18.838, POR LA VIA DE LA VULNERACIÓN DE LA REGLA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “STUDIO UNIVERSAL”, DE LA PELÍCULA “RAMBO FIRST BLOOD”, EL DIA 27 DE DICIEMBRE DE 2017, A PARTIR DE LAS 20:06 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-5441).
7.- APLICA SANCIÓN A EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES ENTEL (ENTEL TELEFONIA LOCAL S.A.), POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY 18.838, POR LA VIA DE LA VULNERACIÓN DE LA REGLA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 5º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “STUDIO UNIVERSAL, DE LA PELÍCULA “RAMBO FIRST BLOOD”, EL DIA 27 DE DICIEMBRE DE 2018, A PARTIR DE LAS 20:06 HORAS, ESTO ES, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO C-5442).
8.- FORMULA CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “EDGE”, DE LA PELÍCULA “EL INFIERNO EN BLACK ROCK”, EL DIA 22 DE MARZO DE 2018, A PARTIR DE LAS 16:00 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-5872).
9.- FORMULA CARGO A VTR COMUNICACIONES SPA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “ISAT”, DE LA PELÍCULA “REW THALU REW- VENGEANCE OF AN ASSASSIN-VENGANZA DE UN ASESINO” EL DIA 20 DE MARZO DE 2018, A PARTIR DE LAS 05:50 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-5898).
10.- FORMULA CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “ISAT”, DE LA PELÍCULA “REW THALU REW- VENGEANCE OF AN ASSASSIN-VENGANZA DE UN ASESINO” EL DIA 20 DE MARZO DE 2018, A PARTIR DE LAS 05:50 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-5899).
11.- FORMULA CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “ISAT”, DE LA PELÍCULA “REW THALU REW- VENGEANCE OF AN ASSASSIN-VENGANZA DE UN ASESINO” EL DIA 20 DE MARZO DE 2018, A PARTIR DE LAS 05:50 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-5900).
12.- FORMULA CARGO A CLARO COMUNICACIONES S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “ISAT”, DE LA PELÍCULA “REW THALU REW- VENGEANCE OF AN ASSASSIN-VENGANZA DE UN ASESINO” EL DIA 20 DE MARZO DE 2018, A PARTIR DE LAS 05:50 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-5901).
13.- FORMULA CARGO A ENTEL TELEFONÍA LOCAL S.A., POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1°, DE LA LEY N° 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “ISAT”, DE LA PELÍCULA “REW THALU REW- VENGEANCE OF AN ASSASSIN-VENGANZA DE UN ASESINO” EL DIA 20 DE MARZO DE 2018, A PARTIR DE LAS 05:50 HORAS, EN “HORARIO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 18 AÑOS”, NO OBSTANTE, SU CONTENIDO INAPROPIADO PARA MENORES DE EDAD. (INFORME DE CASO C-5902).
14.- INFORME DE DENUNCIAS ARCHIVADAS N°04 (MARZO/2018-1era. QUINCENA).
15.- AUTORIZA MODIFICACION DE CONCESION DE RADIODIFUSION TELEVISIVA LIBRE RECEPCION DIGITAL, BANDA UHF, PARA LA LOCALIDAD DE OSORNO, REGION DE LOS LAGOS, DE QUE ES TITULAR SOCIEDAD I-NET TELEVISION DIGITAL LIMITADA.
Se levantó la sesión a las 15:30 horas.