1. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE CONSEJO CELEBRADA EL DÍA LUNES 28 DE DICIEMBRE DE 2015.
2. CUENTA DEL SEÑOR PRESIDENTE.
El Presidente informó al Consejo:
i. Que, el día 28 de diciembre de 2015 venció el plazo para postular al Fondo de Producción Comunitaria CNTV. Se presentaron 73 postulaciones, de las cuales 22 corresponden a la Región Metropolitana y 51 a Regiones.El calendario de desarrollo del concurso será el siguiente:a) análisis jurídico de las postulaciones: del 4 al 6 de enero de 2016 (los aprobados se derivan al Depto. de Fomento);b) análisis en Depto. de Fomento, con evaluación técnica financiera, de contenido y calidad artística, y realización de informe: del 4 al 8 d enero de 2016;c) Sesión de Consejo del día lunes 11 de enero de 2016: el Presidente informa a los Consejeros;d) visionado de proyectos: martes 12 o miércoles 13 de enero de 2016;e) debate de los proyectos: Sesión de Consejo del día lunes 18 de enero de 2016;f) definición de ganadores: Sesión de Consejo del día lunes 25 de enero de 2016;g) premiación: día viernes 29 de enero de 2016.
ii. Que, el día martes 29 de diciembre de 2015, se reunió con ejecutivos de TVU, Televisión de la Universidad de Concepción. Asistieron su Gerente General, Claudio Suárez, y su Director Ejecutivo, Rodrigo Álvarez. Manifestaron su interés por la programación de Novasur y programas financiados por el CNTV.
iii. Que, el Presidente de ANATEL, señor Ernesto Corona, ha expresado epistolarmente al Consejo su agradecimiento por la modificación operada recientemente a la normativa sobre programación cultural, en orden a modificar el modo y plazos de entrega de la información por los regulados.iv. Que durante la semana en curso se reunirá con el Vicepresidente, Andrés Egaña, con el objeto de labrar una solución al problema suscitado en el Departamento de Fomento, la que posteriormente será presentada al Consejo.
3. NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN.
4. APLICA SANCIÓN A LA UNIVERSIDAD DE CHILE POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº18.838 MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S. A., DEL PROGRAMA “ALERTA MAXIMA”, EL DÍA 25 DE MAYO DE 2015 (INFORME DE CASO A00-15-1299-CHV).5. APLICA SANCIÓN A TELEVISIÓN AMÉRICA S. A. POR INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 3° DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA OMISIÓN DE LA SEÑALIZACIÓN DIARIA, EL DÍA 20 DE MAYO DE 2015, DE LA HORA EN QUE ES PERMITIDO COMENZAR A TRANSMITIR PELÍCULAS CALIFICADAS PARA MAYORES DE 18 AÑOS POR EL CONSEJO DE CALIFICACIÓN CINEMATOGRÁFICA (INFORME DE CASO A00-15-1304-LIVTV).
6. ABSUELVE A CANAL 13 S. A., DEL CARGO EN SU CONTRA FORMULADO, POR LA EXHIBICIÓN, EL DIA 28 DE MAYO DE 2015, DEL PROGRAMA “VERTIGO” (INFORME DE CASO A00-15-1316-CANAL13).
7. APLICA SANCIÓN A VTR COMUNICACIONES SpA POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL HBO, DE LA PELÍCULA “SIETE PSICOPATAS”, EL DÍA 10 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-1850-VTR).
8. APLICA SANCIÓN A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL HBO, DE LA PELÍCULA “SIETE PSICOPATAS”, EL DÍA 10 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-1851-DIRECTV).
9. APLICA SANCIÓN A VTR COMUNICACIONES SpA POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISION MEDIANTE LA EMISIÓN, A TRAVÉS DE LA SEÑAL “TCM”, DE LA PELICULA “EL RESCATE”, EL DÍA 11 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACION COMO “PARA MAYORES DE 18 AÑOS” (INFORME DE CASO P-13-15-1858-VTR).
10. APLICA SANCIÓN A VTR COMUNICACIONES SpA POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDO DE LAS EMISIONES DE TELEVISION MEDIANTE LA EMISIÓN, A TRAVÉS DE LA SEÑAL “HBO”, DE LA PELICULA “300, RISE OF AN EMPIRE”, EL DÍA 13 DE JUNIO DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACION COMO “PARA MAYORES DE 18 AÑOS” (INFORME DE CASO P13-15-1872-VTR).
11. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA CAS-04899-P6F6R1, EN CONTRA DE UNIVERSIDAD DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S. A., DEL PROGRAMA “TOLERANCIA CERO”, EL DÍA 23 DE AGOSTO DE 2015 (INFORME DE CASO A00-15-2489-CHILEVISIÓN).
12. FORMULACIÓN DE CARGO A VTR COMUNICACIONES SpA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL TNT, DE LA PELÍCULA “RAMBO, FIRST BLOOD, PART II”, EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-2840-VTR).
13. FORMULACIÓN DE CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL TNT, DE LA PELÍCULA “RAMBO, FIRST BLOOD, PART II”, EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-2841-DIRECTV).
14. FORMULACIÓN DE CARGO A TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL TNT, DE LA PELÍCULA “RAMBO, FIRST BLOOD, PART II”, EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-2842-TELEFÓNICA).
15. FORMULACIÓN DE CARGO A CLARO COMUNICACIONES S. A. POR SUPUESTA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL TNT, DE LA PELÍCULA “RAMBO, FIRST BLOOD, PART II”, EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE 2015, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CALIFICACIÓN COMO PARA MAYORES DE 18 AÑOS (INFORME DE CASO P13-15-2843-CLARO).
VISTOS:
I. Lo dispuesto en los artículos 1º, 12º Lit. a), 33º, 34º y 40º de la Ley Nº18.838;
II. Que, se procedió a fiscalizar a Claro Comunicaciones S. A. por la emisión, a través de su señal TNT, de la película “Rambo, First Blood, Part II”, el día 22 de septiembre de 2015, a partir de las 10:30 horas;
III. Que, el Departamento de Supervisión efectuó el pertinente control respecto de la película “Rambo, First Blood Part II”, emitida por Claro Comunicaciones S. A., a través de su señal TNT, el día 22 de septiembre de 2015; el cual consta en su informe de Caso P13-15-2843-Claro, que se ha tenido a la vista, así como el respectivo material audiovisual; y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, el material fiscalizado en estos autos corresponde a la película “Rambo, First Blood, Part II”, emitida el día 22 de septiembre de 2015, a partir de las 10:30 horas, por la permisionaria Claro Comunicaciones S. A., a través de su señal TNT;
SEGUNDO: Que, la película fiscalizada muestra a Rambo (Sylvester Stallone) en trabajos forzados en una cantera vigilada por gendarmes, donde cumple condena por los crímenes de que da cuenta First Blood Part I; el coronel Trautman le comunica que será liberado de la cárcel por una orden federal, y que a cambio se le asignará una nueva misión; deberá viajar a Tailandia y por esa frontera ingresar a Vietnam para comprobar si en ese país, aún quedan prisioneros de guerra estadounidenses.Rambo acepta; ahora está bajo las órdenes del teniente Murdock, quién lo recibe en su cuartel general en Tailandia y le asigna una misión de 48 horas, para ingresar a Vietnam y comprobar, si en antiguos campamentos aún hay prisioneros; le insiste que él, sólo debe hacer un registro fotográfico del lugar y en el caso de haber prisioneros, sería un equipo de fuerza especial el que concurriría a rescatar a esas personas.Murdock, le entrega equipos y armas de última generación, le habilita equipos de radio y le entrega coordenadas para su geo ubicación; Rambo adiciona un cuchillo de guerra y una ballesta con sus flechas y municiones; lo embarcan en una aeronave para que su aproximación sea vía paracaídas.El salto se complica, parte del equipaje se pierde, Rambo logra zafar su chaleco paracaídas y cae en territorio vietnamita, ahí debe hacer contacto con un agente local, que resulta ser una mujer (Co Bao), quién lo guía en tierras conocidas pero hostiles.Ambos, identifican un lugar de detención, Rambo se aproxima y puede ver que realmente existen prisioneros de guerra norteamericanos; libera a uno e inicia el retorno a un punto fijado previamente, donde será recogido por un helicóptero como escape y salida de la misión.La guardia encargada de la vigilancia de los prisioneros, se percata de la presencia de extraños e inicia un combate que repelen a corta distancia Rambo y Co Bao.Rambo se comunica con su base alertando del enfrentamiento, señala que le acompaña un prisionero liberado; la vigilancia de tierra duplica sus hombres; Rambo y Co Bao se trasladan junto al prisionero liberado al punto de contacto, se aproxima la nave para transportar a Rambo y al rescatado, pero, por radio comunicación, Murdock suspende la operación y el helicóptero abandona el lugar.Rambo es detenido y el prisionero nuevamente encarcelado. Murdock explica al coronel Trautman que Rambo solo tenía como misión levantar fotografías, y que la liberación de presos provocaría una nueva fase del conflicto vietnamita-americano.Rambo es torturado por miembros del ejército vietnamita; se suma una patrulla del ejército soviético que requiere información del cuartel general de Rambo; Co Bao se hace pasar por prostituta y ayuda a Rambo a escapar.Co Bao se ha enamorado de Rambo, ella atisba una posibilidad de que viajen juntos a Estados Unidos, Rambo jura que se vengará de Murdock por lo que le ha hecho y vuelve al campamento a liberar a los prisioneros. En ese camino, Co Bao es acribillada por un soldado, Rambo dolido y con mucha ira, inicia un violento combate enfrentando a soldados vietnamitas y soviéticos.Rambo es una “máquina de guerra”, uno a uno va asesinando a sus adversarios, a medida que avanza destruye caseríos, se apodera de armamentos, usa sus recursos bélicos, los blancos difíciles los enfrenta con su silenciosa ballesta, toma por asalto un helicóptero, combate con la tripulación, se apodera de la nave y destruye las instalaciones del campamento sembrando muerte, fuego y explosiones, localiza una barraca donde hay prisioneros, los libera e inicia el camino hacia la libertad.Rambo logra su objetivo, sube a los rescatados a su siniestrado helicóptero y enfrenta en una batalla aérea a una nave soviética, logra derribarla y sale raudo hacia la frontera, regresando a su base en Tailandia, en ella, busca a Murdock y le enrostra su misión, Rambo sabe que hay más prisioneros norteamericanos en territorio vietnamita…;TERCERO: Que, mediante el examen del material audiovisual de la película “Rambo, First Blood, Part II”, se ha podido comprobar la existencia de numerosas secuencias, que dan cuenta de elementos que resultarían inconvenientes para un visionado infantil; de ellas, a continuación, se detallan las más representativas:a) (11:26 Hrs.) Rambo es detenido y sometido a tortura, está amarrado a catre electrificado, recibe descargas que buscan confesión de información militar.b) (11:31 Hrs.) Prisionero norteamericano, es amenazado con un cuchillo que ha sido previamente calentado al rojo vivo, la hoja es colocada en la cavidad ocular. En esta acción se aprecia el temor que sufre el prisionero, se aproxima una muerte dolorosa, Rambo decide hablar.c) (11:40 Hrs.) Co Bao y Rambo se enamoran, ella muere acribillada por soldados vietnamitas.d) (11:52 Hrs.) Rambo combate contra soldados vietnamitas y aliados soviéticos, enfrentamientos, decenas de muertos, sangre y destrucción de poblados;CUARTO: Que, en virtud de lo prescripto en la Carta Fundamental y en la ley, los servicios de televisión deben observar el principio del correcto funcionamiento –Artículos 19º Nº12 inciso 6º de la Constitución Política y 1º de la Ley Nº18.838-;QUINTO: Que, el legislador ha definido la observancia al principio del correcto funcionamiento de los servicios de televisión como el permanente respeto manifestado, a través de su programación, a los contenidos a dicho principio atribuidos por el legislador –artículo 1º de la Ley Nº18.838-;SEXTO: Que, uno de los contenidos atribuidos por el legislador al principio del correcto funcionamiento de los servicios de televisión es la salvaguarda del normal desarrollo de la personalidad de niños y jóvenes, bajo la formulación del respeto a la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud –artículo 1º inciso 4º de la Ley N°18.838-;SÉPTIMO: Que, el artículo 1º de las Normas Especiales Sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión, cuya ratio legis es, justamente, salvaguardar el normal desarrollo de la personalidad de niños y jóvenes, prescribe: “Las películas calificadas para mayores de 18 años por el Consejo de Calificación Cinematográfica sólo podrán ser transmitidas por los servicios televisivos entre las 22:00 y las 06:00 horas. Sus apoyos o sinopsis, cuando sean emitidos antes de las 22:00 horas, no podrán exhibir imágenes o hacer menciones que sean inapropiadas para los menores de edad”;OCTAVO: Que, en razón de sus contenidos, la película “Rambo, First Blood, Part II” fue calificada por el Consejo de Calificación Cinematográfica como “para mayores de 18 años”, con fecha 25 de julio de 1985;NOVENO: Que, la película “Rambo, First Blood, Part II” fue emitida por Claro Comunicaciones S. A., a través de su señal TNT, el día 22 de septiembre de 2015, a partir de las 10:30 horas; por todo lo cual,
El Consejo Nacional de Televisión, en sesión de hoy, por la unanimidad de los Consejeros presentes, acordó formular cargo a Claro Comunicaciones S. A. por supuesta infracción al artículo 1º de las Normas Especiales Sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión mediante la exhibición, a través de su señal TNT, el día 22 de septiembre de 2015, de la película “Rambo, First Blood, Part II”, a partir de las 10:30 horas, esto es, en horario para todo espectador, no obstante su calificación como para mayores de 18 años, practicada por el Consejo de Calificación Cinematográfica. Se deja establecido que la formulación de este cargo no implica prejuzgamiento de culpabilidad y que se queda a la espera de los descargos de la permisionaria, quien tiene el plazo de cinco días para hacerlo.
16. INFORME DE PROGRAMACIÓN CULTURAL DEL MES DE OCTUBRE DE 2015.
A. FORMULAR CARGO A TELECANAL POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA Y QUINTA SEMANA DEL PERÍODO OCTUBRE DE 2015, (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL OCTUBRE-2015).
B. FORMULAR CARGO A COMPAÑÍA CHILENA DE TELEVISION, LA RED, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA Y SEGUNDA SEMANA DEL PERÍODO OCTUBRE-2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL OCTUBRE-2015).
C. FORMULAR CARGO A UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO, UCV TELEVISION, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA Y QUINTA SEMANA DEL PERÍODO OCTUBRE-2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL OCTUBRE 2015).
D. FORMULAR CARGO A UNIVERSIDAD DE CHILE POR INFRINGIR, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN, EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA Y QUINTA SEMANA DEL PERÍODO OCTUBRE DE 2015, Y POR INFRINGIR EL ARTICULO 6° DEL MISMO TEXTO LEGAL, DURANTE LA TERCERA, CUARTA Y QUINTA SEMANA DEL PERÍODO OCTUBRE DE 2015, (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL OCTUBRE-2015).E. FORMULAR CARGO A VTR COMUNICACIONES SpA POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA SEMANA DEL PERIODO OCTUBRE-2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL OCTUBRE 2015).
F. FORMULAR CARGO A LOS CONCESIONARIOS QUE A CONTINUACION SE DETALLAN; POR INFRINGIR, EL ARTÍCULO 1° DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA CUARTA Y QUINTA SEMANA DEL PERIODO DE OCTUBRE 2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL OCTUBRE 2015).
17. INFORME DE PROGRAMACIÓN CULTURAL DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2015.
A. FORMULAR CARGO A TELECANAL POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA CUARTA SEMANA DEL PERÍODO NOVIEMBRE DE 2015, (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL NOVIEMBRE-2015).
B. FORMULAR CARGO A UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO, UCV TELEVISION, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA CUARTA SEMANA DEL PERÍODO NOVIEMBRE-2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL NOVIEMBRE 2015).
C. FORMULAR CARGO A TELEVISION NACIONAL DE CHILE POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA CUARTA SEMANA DEL PERÍODO NOVIEMBRE-2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL NOVIEMBRE-2015).
D. FORMULAR CARGO A UNIVERSIDAD DE CHILE POR INFRINGIR, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN, EL ARTÍCULO 8º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA, TERCERA Y CUARTA SEMANA DEL PERÍODO NOVIEMBRE DE 2015, Y POR INFRINGIR EL ARTICULO 6° DEL MISMO TEXTO LEGAL, DURANTE LA PRIMERA SEMANA DEL PERÍODO NOVIEMBRE DE 2015, (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL NOVIEMBRE-2015).
E. FORMULAR CARGO A DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES DURANTE LA PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA Y CUARTA SEMANA DEL PERÍODO NOVIEMBRE-2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL NOVIEMBRE-2015).
F. FORMULAR CARGO A LOS CONCESIONARIOS QUE A CONTINUACION SE DETALLAN, POR INFRINGIR, EL ARTÍCULO 1° DE LAS NORMAS SOBRE LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, DURANTE LA PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA Y CUARTA SEMANA DEL PERIODO DE NOVIEMBRE 2015 (INFORME SOBRE PROGRAMACIÓN CULTURAL NOVIEMBRE 2015).
18. VARIOS.
La Consejera María Elena Hermosilla aceptó la propuesta del Presidente Óscar Reyes, de participar en la evaluación de los proyectos presentados al Concurso del Fondo de Producción Comunitaria.