1. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE 11 DE JULIO DE 2011.
2. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE 25 DE JULIO DE 2011.
3. CUENTA DEL SEÑOR PRESIDENTE.
a. El Presidente informa al Consejo que, el viernes 29 de julio pasado, fue celebrado un convenio entre Novasur y la Fundación PROhumana. Indica que, el referido convenio procura potenciar la televisión educativa como instrumento de promoción e identificación de buenas prácticas para un desarrollo humano sustentable e integral. Con tal objeto, según el convenio, la fundación PROhumana entregará al CNTV un material audiovisual, que consta de siete capítulos de la Serie Documental “1+1: Infinito: Mis acciones sí causan un efecto”, de 15 minutos cada uno, en los cuales son abordadas temáticas tales como, actitud sustentable, reciclaje, arquitectura sustentable, alimentación consiente, innovación e inversión social. El acuerdo entre PROhumana y el Consejo Nacional de Televisión, busca también permitir a otras empresas y organizaciones cumplir sus propósitos en el área de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) y Ciudadana, a través del programa de televisión educativa del CNTV, Novasur. b. El Presidente informa acerca del número de indicaciones formuladas al proyecto de ley sobre Introducción de la TVDT –cerca de 500- y del procedimiento acordado entre el Ministro Secretario General de Gobierno y el Senado, para su mejor y adecuado tratamiento. Asimismo, informa al Consejo acerca del oportuno envío al Ministerio Secretaría General de Gobierno de una minuta indicativa de aquellas materias que, a juicio del CNTV, deberían informar sendas indicaciones al referido proyecto de ley.
4. APLICA SANCION A COMPAÑÍA CHILENA DE TELEVISIÓN S. A, LA RED, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS SOBRE LA OBLIGACION DE LAS CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSION TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DE TRANSMITIR PROGRAMAS CULTURALES A LA SEMANA (INFORME SOBRE PROGRAMACION CULTURAL EN TELEVISION ABRIL-DE 2011).
5. APLICA SANCION A TELEFONICA MULTIMEDIA S. A. POR INFRINGIR EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVES DE SU SEÑAL “THE FILM ZONE”, DE LA PELICULA “RAMBO”, EL DIA 19 DE FEBRERO DE 2011, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO INADECUADO PARA SER VISIONADO POR MENORES (INFORME DE CASO Nº155/2011).
6. APLICA SANCION A VTR BANDA ANCHA S. A. POR INFRINGIR EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº18.838 MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVES DE SU SEÑAL “THE FILM ZONE”, DE LA PELICULA “BESOS QUE MATAN”, EL DIA 17 DE FEBRERO DE 2011, A LAS 18:48 HRS., ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO INADECUADO PARA SER VISIONADO POR MENORES (INFORME DE CASO Nº154/2011).
7. APLICA SANCION A VTR BANDA ANCHA S. A. POR INFRINGIR EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVES DE SU SEÑAL “THE FILM ZONE”, DE LA PELICULA “RAMBO”, EL DIA 19 DE FEBRERO DE 2011, A LAS 13:32 HRS., ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SER SU CONTENIDO INADECUADO PARA SER VISIONADO POR MENORES (INFORME DE CASO Nº155/2011).
8. APLICA SANCION A VTR BANDA ANCHA S. A. POR INFRINGIR EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº18.838 MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVES DE SU SEÑAL “MGM”, DE LA PELICULA “HOSTAGE”, EL DIA 23 DE FEBRERO DE 2011, A LAS 19:47 HRS., ESTO ES, EN “HORARIO PARA TODO ESPECTADOR”, NO OBSTANTE SU CONTENIDO INADECUADO PARA SER VISIONADO POR MENORES (INFORME DE CASO Nº156/2011).
9. APLICA SANCION A COMPAÑÍA CHILENA DE TELEVISION, LA RED, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº18.838 MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “INTRUSOS”, EL DÍA 4 DE MARZO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº168/2011).
10.APLICA SANCIÓN A COMPAÑÍA CHILENA DE TELEVISIÓN S. A., LA RED, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “INTRUSOS”, EL DÍA 23 DE MARZO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº195/2011).
11.APLICA SANCION A CANAL 13 POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY 18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “AÑO 0”, LOS DIAS 30 Y 31 DE ENERO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº87/2011).
12.ABSUELVE A UNIVERSIDAD DE CHILE DEL CARGO FORMULADO POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S. A., DE LA TELENOVELA “CHICAS MALAS”, LOS DÍAS 25, 26, 27, 28 Y 29 DE ABRIL Y 2, 9 Y 12 DE MAYO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº286/2011).
13. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA Nº5195/2011, EN CONTRA DE TELECANAL, LA RED, TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, MEGAVISIÓN, CHILEVISIÓN Y CANAL 13 POR LA EXHIBICIÓN DEL SPOT COMERCIAL “ENTEL BANDA ANCHA MÓVIL”, EL DÍA 24 DE MAYO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº367/2011).
14.INFORME DE CASO Nº369/2011: EXHIBICIÓN DE LA TELENOVELA “LA REINA DEL SUR”, DE MEGAVISIÓN.
15. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA Nº5446/2011, EN CONTRA DE TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN DEL NOTICIARIO “24 HORAS”, EL DÍA 1º DE JUNIO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº399/2011).
16. INFORME DE CASO Nº453/2011: EXHIBICIÓN DE LA TELENOVELA “LA REINA DEL SUR”, DE MEGAVISIÓN.
17. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIAS NRS. 5513/2011 Y 5516/2011, EN CONTRA DE CANAL 13, POR LA EXHIBICIÓN DEL NOTICIARIO “TELETRECE”, EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº427/2011).
18. SE DECLARA QUE NO HA LUGAR A LA FORMACIÓN DE CAUSA EN CONTRA DE RED TELEVISIVA MEGAVISIÓN S. A. POR LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “MEGANOTICIAS CENTRAL”, EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº474/2011).
19. SE DECLARA QUE NO HA LUGAR A LA FORMACIÓN DE CAUSA EN CONTRA DE UNIVERSIDAD DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE RED DE TELEVISIÓN CHILEVISIÓN S.A., DEL PROGRAMA “CHV NOTICIAS CENTRAL” EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº475/2011).
20. SE DECLARA QUE NO HA LUGAR A LA FORMACIÓN DE CAUSA EN CONTRA DE UCV TV, POR LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “UCV NOTICIAS EDICIÖN TARDE”, EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2011 (INFORME DE CASO Nº477/2011).
21.MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION, EN LA BANDA VHF, PARA LAS LOCALIDADES DE LICANTEN, HUALAÑE Y CUREPTO, VII REGIÓN, DE QUE ES TITULAR RED DE TELEVISION CHILEVISION S.A.
22.MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION, EN LA BANDA VHF, PARA LA LOCALIDAD DE PUCON, IX REGIÓN, DE QUE ES TITULAR RED DE TELEVISION CHILEVISION S.A.
23. VARIOS.
Se acordó solicitar al Departamento de Estudios una minuta explicativa acerca de la teoría del “pacto comunicacional” –su origen y construcción-.