1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DE 29 DE MARZO DE 2010.
2.- CUENTA DEL SEÑOR PRESIDENTE.
a).- Acto inaugural de la antena repetidora instalada en la localidad de Tulahuén, IV Región.
b).- Realización del proyecto “Derrotados”, adjudicado por el Fondo de Fomento en el concurso efectuado en el ejercicio 2007.
c).- Palabras del Vicepresidente para despedir al señor Jorge Navarrete.
d).- El Presidente recuerda y destaca algunos de los hitos que le parecen más relevantes en las distintas áreas de acción del Consejo.
3.- APLICA SANCION A TELECANAL POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 4º DE LAS NORMAS SOBRE LA OBLIGACION DE LAS CONCESIONARIAS DE RADIODIFUSION TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION DE TRANSMITIR PROGRAMAS CULTURALES A LA SEMANA (INFORME SOBRE PROGRAMACION CULTURAL EN TELEVISION ABIERTA SEPTIEMBRE DE 2009).
4.- APLICA SANCION A UNIVERSIDAD DE CHILE POR INFRINGIR, A TRAVES DE CHILEVISION S. A, EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº18.838, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN DEL PROGRAMA “FIEBRE DE BAILE. LO MEJOR” (INFORME DE CASO Nº210/2009) DENUNCIA Nº3212).
5.- APLICA SANCIÓN AL OPERADOR DE CABLE PLUG & PLAY, DE PUCÓN, POR INFRINGIR EL ARTÍCULO 1º DE LAS NORMAS GENERALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, DE 1993, MEDIANTE LA EXHIBICIÓN, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “MULTIPREMIER”, DE LAS PELÍCULAS: A) “SEX FILES: ALIEN ERÓTICA”, EL DÍA 19 DE JUNIO DE 2009, A LAS 23:59 HRS.; Y B) “SEX FILES: DOUBLE IDENTITY” (INFORME DE SEÑAL Nº4/2009).
6.- DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA Nº3687/2010 EN CONTRA DE UNIVERSIDAD DE CHILE POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVES DE CHILEVISION DE LA TELESERIE “MUJERES DE LUJO” (INFORME DE CASO Nº10/2010).
7.- DECLARA SIN LUGAR LAS DENUNCIAS NRS. 3711, 3727 Y 3747 PRESENTADAS CONTRA TELEVISION NACIONAL DE CHILE, POR LA EXHIBICIÓN DE LA TELESERIE “CONDE VROLOK” (INFORME DE CASO Nº19/2010).
8.- DECLARA QUE NO HA LUGAR A LA FORMACIÓN DE CAUSA EN CONTRA DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE POR LA EXHIBICIÓN, A TRAVES DE CHILEVISION S. A., DE LA TELESERIE “MUJERES DE LUJO” (INFORME DE CASO Nº26/2010).
9.- FORMULA CARGO AL OPERADOR VTR BANDA ANCHA S. A. (LOS ÁNGELES) POR INFRINGIR, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “LA TV”, EL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, DE 1993 (INFORME DE SEÑAL Nº1/2010).
10.- FORMULA CARGO AL OPERADOR VTR BANDA ANCHA S. A. (LOS ÁNGELES) POR INFRINGIR, A TRAVÉS DE SU SEÑAL “TVU”, EL ARTÍCULO 3º DE LAS NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTENIDOS DE LAS EMISIONES DE TELEVISIÓN, DE 1993 (INFORME DE SEÑAL Nº2/2010).
11.- MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCION, EN LA BANDA VHF, PARA LA LOCALIDAD DE PICHIDEGUA, VI REGIÓN, DE QUE ES TITULAR SOCIEDAD DE RADIO DIFUSION Y TELEVISION BIENVENIDA LIMITADA.
12.- VARIOS. No hubo materias.
.- Realización del proyecto “Derrotados”, adjudicado por el Fondo de Fomento en el concurso efectuado en el ejercicio 2007.