1. Los Consejeros asistentes a la sesión ordinaria de 19 de enero 1998 aprobaron el acta respectiva.
2. CUENTA DE LA SEÑORA PRESIDENTA.
2.1 La señora Presidenta informa que el Gerente General de La Red (Compañía Chilena de Televisión S. A.) puso en su conocimiento la transferencia de $2.542.857 (dos millones quinientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete) acciones, representativas del 75% del capital accionario de Compañía Chilena de Televisión S. A., a la Sociedad TV Azteca Chile S. A. con fecha 08 de enero de 1998. La sociedad adquirente se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Pinto Peralta el 19 de diciembre de 1997.
2.2 Da a conocer un documento de la Fundación Promoción y Cultura del Trabajo, ingresando al Servicio el 14 de enero de 1998, junto con una carta que la Asociación de Sordomudos de Chile le dirijera a los directores de dicha Fundación. Se refiere, la mencionada Fundación, a la obligación de los canales de transmitir por lo menos un resumen diario de las principales noticias para la población discapacitada auditivamente. La norma dictada al respecto por el Consejo, según el documento, es imprecisa y poco especifica. Por ello, los canales de televisión han justificado el cumplimiento de la ley incorporando rótulos que resumen en forma general lo tratado en el noticiario central, a excepción de Megavisión que transmite a las 02:20 horas un informativo diseñado especialmente para la comunidad de sordos. La Fundación expresa que los rótulos no cumplen con lo que la comunicad discapacitada auditivamente necesita: por una parte, la velocidad de los rótulos empleada hace casi imposible enterarse de lo resumido y, por la otra, más de la mitad de la población discapacitada auditivamente es analfabeta. El documento concluye solicitando que, a partir de 1998, los diferentes ministerios incorporen mecanismos eficientes que permitan a la comunidad discapacitada auditivamente informarse de las diversas campañas publicitarias, entendiendo por mecanismos eficientes la traducción a lengua de señas en imagen comprimida o media pantalla y a una velocidad normal.
Los señores Consejeros intercambian opiniones acerca del contenido del documento resumido por la señora Presidenta, manifestando su acuerdo en que el actual sistema es deficiente, si bien cumple la letra de la ley. Se concluye en la necesidad de poner en conocimiento esta situación a la Secretaría General de Gobierno, a la Asociación Nacional de Avisadores, a la Asociación Nacional de Televisión y al Fondo Nacional de la Discapacidad, y buscar en conjunto fórmulas y procedimientos que permitan superar este grave problema.
2.3 Da cuenta que el señor Cristián Sánchez, ganador del Concurso Fondo Pro año 1994, le envió una copia VHS on-line, de dos horas treinta y siete minutos, de la obra “Cautiverio Feliz”. Actualmente el productor está trabajando en los créditos, música, traducción y sonido, estimando que antes del 15 de marzo de año en curso podría finalizar el período de post-producción.
2.4 Pone en conocimiento de los señores Consejeros que Televisión Nacional de Chile, Megavisión y la Corporación de Televisión de la Universidad Católica de Chile han procedido a editar el proyecto ganador del Concurso Fondo Pro 1 año 1997, “Oh-Oh”, acortándolo de tal manera que su contenido no se entiende y no cumple la finalidad para la cual fue concebido. Los Señores Consejeros encomiendan a la señora Presidenta enviar una carta a los directores de los tres canales, haciéndoles ver la irregularidad e instándolos para que se ponga fin a ella.
3. INFORME DE SUPERVISION DE TELEVISION DE LIBRE RECEPCION n°52 DE 1997 Y N°S 01, 02 Y 03 DE 1998..
4. FORMULACION DE CARGO A ROCK AND POP TELEVISION S. A. POR LA EXHIBICION DE LA PELICULA “CIENCIA LOCA” (“WEIRD SCIENCE”).
5. FORMULACION DE CARGO A TELEVISION NACIONAL DE CHILE POR LA EXHIBICION DE LA PELICULA “INFIERNO EN EL OESTE” (“AMERICAN FLYERS”).
6. FORMULACION DE CRGO A ROCK AND POP TELEVISION S. A. POR LA EXHIBICION DE LA PELICULA “PRISIONERO DEL ROCK AND ROLL” (“JAILHOUSE ROCK”).
7. FORMULACION DE CARGO A COMPAÑÍA CHILENA DE TELEVISION S. A., LA RED, POR LA EXHIBICION DEL PROGRAMA “LOCA BEACH”.
8. DECLARA SIN LUGAR DENUNCIA DE PARTICULAR RELATIVA AL PROGRAMA “LAS VUELTAS DE LA VIDA” EMITIDO POR CHILEVISION S. A.
9. ABSUELVE A VTR CABLEXPRESS DEL CARGO FORMULADO POR LA EXHIBICION DE LA PELICULA “THE HUNTER”, (“EL CAZADOR”).
10. APLICA SANCION A VTR CABLEXPRESS (SANTIAGO) POR LA EXHIBICION DE LA PROPAGANDA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN HORARIO NO PERMITIDO.
11. ABSUELVE A CHILEVISION S. A. DEL CARGO FORMULADO POR LA EXHIBICION DE LA PELICULA “MI ADORABLE ASESINO” (“VICTIM OF LOVE”).
12. ACOGE RECURSO DE RECONSIDERACION PRESENTADO POR VTR CABLEXPRESS EN CONTRA DEL ACUERDO QUE LE APLICO SANCION DE MULTA POR LA EXHIBICION DE PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHOLICAS.
13. APLICA SANCION A TV CABLE OVALLE POR LA EXHIBICION DE LA PELICULA “BAJA”BY “DEVIL IN THE BLUE DRESS” Y POR LA EMISION DE PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN HORRIO NO PERMITIDO.
14. INFORME SOBRE COBERTURA NOTICIOSA DE ALLANAMIENTO EN LA LEGUA.
14. RESUELVE OPOSICIONES A MODIFICACION DE CONCESION DE RADIODIFUSION TELEVISIVA, EN LA BANDA UHF, PARA LA CIUDAD DE SANTIAGO, SOLICITADA POR TELEMUNDO S. A.